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Abogado de negligencias médicas en Granada
Reclamamos por negligencias médicas en la provincia de Granada frente al Servicio Andaluz de Salud (SAS), clínicas privadas y aseguradoras: errores y retrasos de diagnóstico, partos, cirugía, anestesia, infecciones, falta de consentimiento informado, cirugía estética e implantes dentales. En la sanidad pública el plazo es de un año desde la estabilización de las secuelas. El despacho está en Sevilla y atiende toda la provincia de Granada en persona o por videoconferencia.
Negligencias médicas en la provincia de Granada
Granada es sede del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y de su Sala de lo Contencioso-administrativo para Granada, Almería y Jaén, donde se resuelven las reclamaciones de mayor cuantía contra el Servicio Andaluz de Salud de esas provincias. Sus hospitales universitarios atienden a pacientes de toda Andalucía oriental.
Asuntos que vemos con más frecuencia
Daños graves en hospitales públicos que llegan a la Sala del TSJ en Granada.
Daño perinatal y seguimiento del recién nacido.
Retrasos diagnósticos oncológicos y en urgencias.
Hospitales públicos de la provincia
Las reclamaciones por la asistencia en estos centros se dirigen al Servicio Andaluz de Salud (SAS). Si el hospital está concertado o es privado, puede caber además la vía civil frente al centro y su aseguradora.
- Hospital Universitario Virgen de las Nieves
- Hospital Universitario Clínico San Cecilio
- Hospital Santa Ana (Motril)
- Hospital de Baza
En Andalucía rigen los plazos de garantía de los Decretos 209/2001 (180 días en determinadas intervenciones quirúrgicas) y 96/2004 (60 días en primeras consultas de especialista y 30 en pruebas diagnósticas).
Áreas destacadas en Granada
Parto y obstetricia
Sufrimiento fetal, cesárea tardía, parálisis braquial, errores en el diagnóstico prenatal.
Ver el área →Ley 41/2002 · Ley 40/2015 · art. 1902 CCError y retraso diagnóstico
Cáncer diagnosticado tarde, altas prematuras en urgencias, pruebas no pedidas o resultados que nadie revisó.
Ver el área →Ley 41/2002 · art. 1902 CCAnestesia y reanimación
Hipoxia, vía aérea mal manejada, errores de dosis, complicaciones de la epidural o la sedación.
Ver el área →Ley 41/2002 · TRLGDCU · Reglamento (UE) 2017/745Cirugía mamaria y prótesis
Aumento y reconstrucción mamaria: contractura, rotura, asimetrías, BIA-ALCL y prótesis retiradas.
Ver el área →También llevamos en Granada:
Método de Estrategia en Negligencias Sanitarias
Cómo llevamos un asunto en Granada
Historia clínica y plazoPetición escrita de la historia completa y cálculo del plazo desde la estabilización de las secuelas.
Pericial de cribado y gemelo digitalUn especialista de la misma especialidad valora el caso y construimos la tabla de elementos con semáforo.
Elección de víaReclamación al SAS, demanda civil, acción directa contra la aseguradora o, excepcionalmente, penal.
Revisión de iniciativa¿Qué podemos hacer ahora que mejore nuestra posición? Usted recibe la respuesta por escrito.
Localidades en las que actuamos
- Granada capital
- Motril
- Almuñécar
- Armilla
- Maracena
- Loja
- Baza
- Guadix
Y en el resto de municipios de la provincia de Granada.
Preguntas frecuentes en Granada
¿Dónde está el despacho?
El despacho está en la calle Luis de Morales, 32 (Edificio Forum, planta 1.ª, módulo 42), en Sevilla. Atendemos asuntos de toda la provincia de Granada de forma presencial o por videoconferencia, y nos desplazamos a los juzgados y tribunales que correspondan.
¿Cómo se reclama una negligencia en un hospital público de Granada?
Con una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Servicio Andaluz de Salud (SAS), en el plazo de un año desde la estabilización de las secuelas. Si se desestima o no hay respuesta en seis meses, se acude a la jurisdicción contencioso-administrativa: la sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia hasta 30.050 euros y, por encima, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada.
¿Y si fue en una clínica privada de Granada?
Se reclama en la vía civil al médico, a la clínica y a sus aseguradoras, ante la sección civil del Tribunal de Instancia del partido judicial competente y, en apelación, la Audiencia Provincial de Granada. Antes hay que intentar un acuerdo (MASC), exigido por la LO 1/2025.
¿Interviene algún órgano consultivo?
En las reclamaciones contra la sanidad pública de mayor cuantía, la Administración debe pedir dictamen al Consejo Consultivo de Andalucía antes de resolver. Su dictamen no es vinculante, pero pesa mucho en el procedimiento.
¿Hay plazos máximos de espera?
En Andalucía rigen los plazos de garantía de los Decretos 209/2001 (180 días en determinadas intervenciones quirúrgicas) y 96/2004 (60 días en primeras consultas de especialista y 30 en pruebas diagnósticas). Si se superan, puede pedirse por escrito la atención en otro centro.
¿Cómo es la primera consulta si no estoy en Sevilla?
Puede ser por videoconferencia. Antes nos envía la documentación por un canal seguro y en la reunión le explicamos la vía, el plazo, el informe pericial necesario y el presupuesto por fases.