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Negligencias médicas · Andalucía y Extremadura

Errores de medicación y productos sanitarios defectuosos

Hay que distinguir dos regímenes. Si el daño viene de cómo se prescribió, dispensó o administró el medicamento, responde el centro o el profesional. Si viene de un defecto del propio producto (prótesis, implante, medicamento), responde el fabricante por la Ley de Consumidores, con un plazo de 3 años y un límite de 10 años desde que el producto se puso en circulación.

¿En qué situación está?

Me dieron un medicamento equivocado

O la dosis, la vía o el paciente fueron erróneos.

Mi prótesis ha fallado

Una prótesis de cadera, rodilla o mama tiene una alerta o se ha roto.

Reacción a un fármaco conocida

Tenía una alergia registrada y se ignoró.

Supuestos más frecuentes

Prescripción

Error del médicoFármaco, dosis o interacción incorrectos.

Administración

Error de enfermería o farmaciaPaciente, vía o dosis equivocados.

Producto

Defecto de fabricación o diseñoPrótesis, implantes, dispositivos y medicamentos.

Alertas

AEMPSRetiradas y notas de seguridad que se incorporan al caso.

Método de Estrategia en Negligencias Sanitarias

Cómo aplicamos el método

Cada asunto se convierte en un gemelo digital: una tabla que cruza lo que hay que probar con las pruebas que lo acreditan o lo desmontan. En verde lo probado, en ámbar lo débil, en rojo lo que no tiene prueba. Para el paciente, cada rojo es una prueba que conseguir ya; para la defensa, una línea de defensa.

Elementos que se controlan en este tipo de casoGemelo digital
ElementoQué se busca
Fase en que se produjo el errorPrueba que lo acredita o lo desmonta
Producto, fabricante y lotePrueba que lo acredita o lo desmonta
Defecto o uso incorrectoPrueba que lo acredita o lo desmonta
Nexo con el dañoPrueba que lo acredita o lo desmonta
Plazo frente a cada responsablePrueba que lo acredita o lo desmonta

Si reclamamos

  • Hoja de prescripción y de administración
  • Trazabilidad del producto y alertas de la AEMPS
  • Decidir si se reclama al centro, al fabricante o a ambos
  • Vigilar el límite de 10 años frente al fabricante

Si defendemos

  • Uso conforme a la ficha técnica
  • Reacción imprevisible del paciente
  • Defecto del producto: traer al fabricante al proceso
  • Notificaciones de vigilancia en plazo
Nueva directiva europea

La Directiva (UE) 2024/2853 sobre productos defectuosos, que debe transponerse antes del 9 de diciembre de 2026, incluye el software y facilita la prueba al perjudicado en casos técnicamente complejos.

Plazos para reclamar

VíaPlazoDesde cuándoNorma
Sanidad pública (responsabilidad patrimonial)1 añoDesde la curación o la determinación del alcance de las secuelasArt. 67.1 Ley 39/2015
Sanidad privada sin contrato con el paciente1 añoDesde que se conoce el daño estabilizadoArt. 1968.2 CC
Sanidad privada con contrato (clínica, seguro, estética, dental)5 añosDesde que puede exigirseArt. 1964.2 CC
Producto defectuoso (prótesis, implante, medicamento)3 años · máximo 10Desde que se conoce daño, defecto y fabricante · desde la puesta en circulaciónArts. 143 y 144 TRLGDCU
Vía penal por imprudencia grave (homicidio o lesiones)5 años como mínimo · 1 año si la imprudencia es menos graveDesde los hechosArts. 131, 132, 142 y 152 CP
Respuesta de la Administración6 mesesDesde la reclamación; después, silencio desestimatorioArt. 91.3 Ley 39/2015

Ver la guía completa de plazos y pasos.

Novedades 2025-2026

  • LO 1/2025: en la vía civil hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de demandar al médico, la clínica o la aseguradora.

  • STS 951/2025 (Pleno de la Sala Primera): puede pedirse el baremo de tráfico de 2015 como referencia aunque los hechos sean anteriores.

  • Ley 5/2025: reforma del baremo de tráfico, que los tribunales aplican de forma orientativa en las negligencias médicas.

Qué documentación conviene reunir

  • Hojas de prescripción y administración
  • Tarjeta del implante con marca y lote
  • Informes de la retirada o de la rotura
  • Comunicaciones de la AEMPS o del fabricante

Tiene derecho a obtener copia de su historia clínica (art. 18 de la Ley 41/2002). Pídala por escrito y guarde el justificante.

Artículos

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Casos, novedades y preguntas que nos plantean los pacientes y los profesionales en este grupo de negligencias.

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Dónde trabajamos

Andalucía y Extremadura, presencialmente o por videoconferencia.

Preguntas frecuentes

¿A quién reclamo si una prótesis es defectuosa?

Al fabricante por la Ley de Consumidores y, si además hubo un error al implantarla o al seguirla, también al centro. Conviene hacerlo de forma coordinada para no perder ningún plazo.

¿Cuánto tiempo tengo frente al fabricante?

Tres años desde que conoce el daño, el defecto y la identidad del fabricante, y nunca más de diez años desde que el producto se puso en circulación.

¿Qué es una alerta de la AEMPS?

Un aviso de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios sobre un riesgo o una retirada. Es un indicio relevante que se incorpora a la reclamación.

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Redactado y revisado por Juan Manuel Calderón GodoyAbogado colegiado n.º 7.291 del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla · Revisado el 23 de octubre de 2026
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