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Negligencias médicas · Andalucía y Extremadura
Error y retraso de diagnóstico: cómo se reclama
Hay negligencia por error o retraso diagnóstico cuando, con los síntomas y datos disponibles en ese momento, la buena práctica médica exigía sospechar la enfermedad, pedir una prueba o derivar al paciente, y no se hizo. Si no puede probarse que el diagnóstico a tiempo habría evitado el daño, se indemniza la pérdida de oportunidad: la probabilidad de curación o supervivencia que se perdió.
¿En qué situación está?
Un hallazgo en una mamografía, analítica o colonoscopia no se siguió, o una derivación tardó meses.
Volvió a las horas con un infarto, un ictus, una apendicitis o una meningitis que no se detectó.
El resultado existía, pero nadie lo comunicó ni actuó sobre él.
Supuestos más frecuentes
Retraso diagnóstico de cáncerMama, colon, pulmón, melanoma: la batalla está en el estadio que habría tenido a tiempo.
Alta prematuraTriaje, constantes y pruebas exigibles según los síntomas registrados.
Error de lecturaRadiología o anatomía patológica mal informadas o sin seguimiento.
Programas de detecciónCitas, resultados y derivaciones del programa que fallaron.
Método de Estrategia en Negligencias Sanitarias
Cómo aplicamos el método
Cada asunto se convierte en un gemelo digital: una tabla que cruza lo que hay que probar con las pruebas que lo acreditan o lo desmontan. En verde lo probado, en ámbar lo débil, en rojo lo que no tiene prueba. Para el paciente, cada rojo es una prueba que conseguir ya; para la defensa, una línea de defensa.
| Elemento | Qué se busca |
|---|---|
| Momento en que debió sospecharse la enfermedad | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Prueba o derivación exigible que se omitió | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Estadio y pronóstico con diagnóstico a tiempo | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Pérdida de oportunidad (porcentaje) | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Daño final y cuantificación | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
Si reclamamos
- Cronología completa de síntomas, consultas y pruebas
- Pericial de la misma especialidad con práctica asistencial
- Estimación pericial de supervivencia con diagnóstico a tiempo
- Reclamación subsidiaria por pérdida de oportunidad
Si defendemos
- Reconstruir la decisión con los datos de ese momento (juicio ex ante)
- Síntomas inespecíficos y diagnóstico diferencial razonable
- Tumor de evolución rápida: el retraso no cambió el pronóstico
- Citas no acudidas o pruebas rechazadas
Es el debate central de este grupo. No hace falta probar que el diagnóstico a tiempo habría salvado al paciente: basta acreditar que se le privó de una probabilidad seria de curación, y la indemnización se ajusta a esa probabilidad.
Plazos para reclamar
| Vía | Plazo | Desde cuándo | Norma |
|---|---|---|---|
| Sanidad pública (responsabilidad patrimonial) | 1 año | Desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas | Art. 67.1 Ley 39/2015 |
| Sanidad privada sin contrato con el paciente | 1 año | Desde que se conoce el daño estabilizado | Art. 1968.2 CC |
| Sanidad privada con contrato (clínica, seguro, estética, dental) | 5 años | Desde que puede exigirse | Art. 1964.2 CC |
| Producto defectuoso (prótesis, implante, medicamento) | 3 años · máximo 10 | Desde que se conoce daño, defecto y fabricante · desde la puesta en circulación | Arts. 143 y 144 TRLGDCU |
| Vía penal por imprudencia grave (homicidio o lesiones) | 5 años como mínimo · 1 año si la imprudencia es menos grave | Desde los hechos | Arts. 131, 132, 142 y 152 CP |
| Respuesta de la Administración | 6 meses | Desde la reclamación; después, silencio desestimatorio | Art. 91.3 Ley 39/2015 |
Ver la guía completa de plazos y pasos.
Novedades 2025-2026
LO 1/2025: en la vía civil hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de demandar al médico, la clínica o la aseguradora.
STS 951/2025 (Pleno de la Sala Primera): puede pedirse el baremo de tráfico de 2015 como referencia aunque los hechos sean anteriores.
Ley 5/2025: reforma del baremo de tráfico, que los tribunales aplican de forma orientativa en las negligencias médicas.
Qué documentación conviene reunir
- Historia clínica completa de atención primaria y hospital
- Informes de urgencias con hora de entrada y alta
- Resultados de pruebas e imágenes originales
- Informes oncológicos con estadio al diagnóstico
- Citas y derivaciones solicitadas
Tiene derecho a obtener copia de su historia clínica (art. 18 de la Ley 41/2002). Pídala por escrito y guarde el justificante.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la pérdida de oportunidad?
Es el daño que se indemniza cuando no hay certeza de que una actuación correcta habría evitado el resultado, pero sí una probabilidad seria. La indemnización se calcula sobre esa probabilidad perdida.
¿Desde cuándo cuenta el plazo en un retraso diagnóstico?
Desde que se conoce el alcance definitivo del daño o se estabilizan las secuelas, no desde la consulta. En caso de duda conviene reclamar o interrumpir la prescripción cuanto antes.
¿Sirve que otro médico diga que se tardó?
Ayuda como indicio, pero el tribunal exige un informe pericial de la misma especialidad que explique qué debía hacerse con los datos disponibles en aquel momento.
¿Qué pasa si el paciente ha fallecido?
Reclaman los familiares por su propio daño moral y, en su caso, los herederos por el perjuicio del fallecido. El plazo cuenta desde el fallecimiento.