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Andalucía · Provincia de Sevilla
Abogado de negligencias médicas en Sevilla
Reclamamos por negligencias médicas en la provincia de Sevilla frente al Servicio Andaluz de Salud (SAS), clínicas privadas y aseguradoras: errores y retrasos de diagnóstico, partos, cirugía, anestesia, infecciones, falta de consentimiento informado, cirugía estética e implantes dentales. En la sanidad pública el plazo es de un año desde la estabilización de las secuelas. El despacho está en Sevilla y atiende toda la provincia de Sevilla en persona o por videoconferencia.
Negligencias médicas en la provincia de Sevilla
Sevilla reúne algunos de los hospitales de referencia de Andalucía, con unidades de alta complejidad que reciben pacientes de toda la comunidad, y una sanidad privada amplia en cirugía, estética y odontología. Por eso aquí se concentran tanto reclamaciones contra el Servicio Andaluz de Salud como contra clínicas y aseguradoras privadas. El despacho tiene su sede en la ciudad, en Nervión.
Asuntos que vemos con más frecuencia
Retrasos diagnósticos, partos y cirugías en hospitales públicos, por la vía de la responsabilidad patrimonial.
Cirugía mamaria, medicina estética e implantes dentales con financiación vinculada.
Asistencia en unidades de referencia de la ciudad con pacientes de toda Andalucía occidental.
Hospitales públicos de la provincia
Las reclamaciones por la asistencia en estos centros se dirigen al Servicio Andaluz de Salud (SAS). Si el hospital está concertado o es privado, puede caber además la vía civil frente al centro y su aseguradora.
- Hospital Universitario Virgen del Rocío
- Hospital Universitario Virgen Macarena
- Hospital Universitario de Valme
- Hospital de la Merced (Osuna)
En Andalucía rigen los plazos de garantía de los Decretos 209/2001 (180 días en determinadas intervenciones quirúrgicas) y 96/2004 (60 días en primeras consultas de especialista y 30 en pruebas diagnósticas).
Áreas destacadas en Sevilla
Error y retraso diagnóstico
Cáncer diagnosticado tarde, altas prematuras en urgencias, pruebas no pedidas o resultados que nadie revisó.
Ver el área →Ley 41/2002 · Ley 40/2015 · art. 1902 CCParto y obstetricia
Sufrimiento fetal, cesárea tardía, parálisis braquial, errores en el diagnóstico prenatal.
Ver el área →Ley 41/2002 · TRLGDCU · Reglamento (UE) 2017/745Cirugía mamaria y prótesis
Aumento y reconstrucción mamaria: contractura, rotura, asimetrías, BIA-ALCL y prótesis retiradas.
Ver el área →Ley 41/2002 · TRLGDCU · art. 29 Ley 16/2011Implantes dentales y odontología
Implantes fallidos, lesión del nervio dentario, tratamientos a medias, clínicas cerradas como iDental o Dentix.
Ver el área →También llevamos en Sevilla:
Método de Estrategia en Negligencias Sanitarias
Cómo llevamos un asunto en Sevilla
Historia clínica y plazoPetición escrita de la historia completa y cálculo del plazo desde la estabilización de las secuelas.
Pericial de cribado y gemelo digitalUn especialista de la misma especialidad valora el caso y construimos la tabla de elementos con semáforo.
Elección de víaReclamación al SAS, demanda civil, acción directa contra la aseguradora o, excepcionalmente, penal.
Revisión de iniciativa¿Qué podemos hacer ahora que mejore nuestra posición? Usted recibe la respuesta por escrito.
Localidades en las que actuamos
- Sevilla capital
- Dos Hermanas
- Alcalá de Guadaíra
- Utrera
- Écija
- Osuna
- Lebrija
- Mairena del Aljarafe
Y en el resto de municipios de la provincia de Sevilla.
Preguntas frecuentes en Sevilla
¿Dónde está el despacho?
El despacho está en la calle Luis de Morales, 32 (Edificio Forum, planta 1.ª, módulo 42), en Sevilla. Atendemos asuntos de toda la provincia de Sevilla de forma presencial o por videoconferencia, y nos desplazamos a los juzgados y tribunales que correspondan.
¿Cómo se reclama una negligencia en un hospital público de Sevilla?
Con una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Servicio Andaluz de Salud (SAS), en el plazo de un año desde la estabilización de las secuelas. Si se desestima o no hay respuesta en seis meses, se acude a la jurisdicción contencioso-administrativa: la sección de lo Contencioso-administrativo del Tribunal de Instancia hasta 30.050 euros y, por encima, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla.
¿Y si fue en una clínica privada de Sevilla?
Se reclama en la vía civil al médico, a la clínica y a sus aseguradoras, ante la sección civil del Tribunal de Instancia del partido judicial competente y, en apelación, la Audiencia Provincial de Sevilla. Antes hay que intentar un acuerdo (MASC), exigido por la LO 1/2025.
¿Interviene algún órgano consultivo?
En las reclamaciones contra la sanidad pública de mayor cuantía, la Administración debe pedir dictamen al Consejo Consultivo de Andalucía antes de resolver. Su dictamen no es vinculante, pero pesa mucho en el procedimiento.
¿Hay plazos máximos de espera?
En Andalucía rigen los plazos de garantía de los Decretos 209/2001 (180 días en determinadas intervenciones quirúrgicas) y 96/2004 (60 días en primeras consultas de especialista y 30 en pruebas diagnósticas). Si se superan, puede pedirse por escrito la atención en otro centro.
¿Cómo es la primera consulta si no estoy en Sevilla?
Puede ser por videoconferencia. Antes nos envía la documentación por un canal seguro y en la reunión le explicamos la vía, el plazo, el informe pericial necesario y el presupuesto por fases.