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Negligencias médicas · Andalucía y Extremadura
Falta de consentimiento informado: se indemniza aunque no haya mala praxis
Si se materializa un riesgo típico de una intervención del que no se informó al paciente, hay responsabilidad aunque la técnica fuera correcta: se lesiona su derecho a decidir (arts. 4, 8 y 10 de la Ley 41/2002). Se indemniza el daño moral por esa privación y, si se acredita que el paciente bien informado habría rechazado la intervención, el daño completo.
¿En qué situación está?
Se produjo una complicación de la que nunca le hablaron.
El documento no mencionaba su intervención ni sus riesgos concretos.
Le dieron el consentimiento minutos antes de entrar en quirófano.
Supuestos más frecuentes
Derecho a la informaciónComprensible, adecuada a la persona y con tiempo para decidir.
Consentimiento escritoObligatorio en cirugía y procedimientos con riesgos relevantes.
Contenido mínimoConsecuencias, riesgos típicos y personales, contraindicaciones.
ExcepcionesUrgencia vital o riesgo para la salud pública.
Método de Estrategia en Negligencias Sanitarias
Cómo aplicamos el método
Cada asunto se convierte en un gemelo digital: una tabla que cruza lo que hay que probar con las pruebas que lo acreditan o lo desmontan. En verde lo probado, en ámbar lo débil, en rojo lo que no tiene prueba. Para el paciente, cada rojo es una prueba que conseguir ya; para la defensa, una línea de defensa.
| Elemento | Qué se busca |
|---|---|
| Riesgo que se materializó | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Si era típico o relevante y debía informarse | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Documento y explicación verbal | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Tiempo suficiente para decidir | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
| Qué habría decidido el paciente informado | Prueba que lo acredita o lo desmonta |
Si reclamamos
- Revisar si el documento es genérico, incompleto o tardío
- Testifical del paciente y de sus familiares
- Reclamar el daño moral autónomo y, si procede, el daño completo
- Combinar con la reclamación por mala praxis si la hay
Si defendemos
- Acreditar la información verbal anotada en la historia clínica
- Riesgo atípico o imprevisible no exigible
- Probar que el paciente habría consentido igualmente
- Urgencia vital (art. 9.2 Ley 41/2002)
En cirugía estética, odontología y otros tratamientos no necesarios, la información debe ser más completa: incluye riesgos poco frecuentes, alternativas y la posibilidad de no alcanzar el resultado buscado.
Plazos para reclamar
| Vía | Plazo | Desde cuándo | Norma |
|---|---|---|---|
| Sanidad pública (responsabilidad patrimonial) | 1 año | Desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas | Art. 67.1 Ley 39/2015 |
| Sanidad privada sin contrato con el paciente | 1 año | Desde que se conoce el daño estabilizado | Art. 1968.2 CC |
| Sanidad privada con contrato (clínica, seguro, estética, dental) | 5 años | Desde que puede exigirse | Art. 1964.2 CC |
| Producto defectuoso (prótesis, implante, medicamento) | 3 años · máximo 10 | Desde que se conoce daño, defecto y fabricante · desde la puesta en circulación | Arts. 143 y 144 TRLGDCU |
| Vía penal por imprudencia grave (homicidio o lesiones) | 5 años como mínimo · 1 año si la imprudencia es menos grave | Desde los hechos | Arts. 131, 132, 142 y 152 CP |
| Respuesta de la Administración | 6 meses | Desde la reclamación; después, silencio desestimatorio | Art. 91.3 Ley 39/2015 |
Ver la guía completa de plazos y pasos.
Novedades 2025-2026
LO 1/2025: en la vía civil hay que intentar un medio adecuado de solución de controversias (MASC) antes de demandar al médico, la clínica o la aseguradora.
STS 951/2025 (Pleno de la Sala Primera): puede pedirse el baremo de tráfico de 2015 como referencia aunque los hechos sean anteriores.
Ley 5/2025: reforma del baremo de tráfico, que los tribunales aplican de forma orientativa en las negligencias médicas.
Qué documentación conviene reunir
- Todos los documentos de consentimiento firmados
- Hoja de información entregada
- Historia clínica con anotaciones de la consulta previa
- Fecha y hora de la firma y de la intervención
Tiene derecho a obtener copia de su historia clínica (art. 18 de la Ley 41/2002). Pídala por escrito y guarde el justificante.
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Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si la operación se hizo bien?
Sí, si se materializó un riesgo del que no le informaron. Es un daño autónomo por haberle privado de decidir.
¿Basta con haber firmado un documento?
No siempre. Un documento genérico, que no menciona el riesgo concreto o firmado sin tiempo para reflexionar, puede no ser válido.
¿Cuánto se indemniza por falta de consentimiento?
Depende del caso. Cuando solo se indemniza el daño moral por falta de información, los tribunales suelen fijar cantidades moderadas; si se prueba que el paciente habría rechazado la intervención, puede indemnizarse el daño completo.
¿Quién debe probar que se informó?
El centro y el médico, que son quienes deben custodiar la documentación del consentimiento.