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Negligencia médica en una operación: ¿complicación inevitable o error que se puede reclamar?
27 de octubre de 2026 · 13 min de lectura · Juan Manuel Calderón Godoy
Hay negligencia médica en una operación, y no una simple complicación, cuando el daño se debe a una técnica mal indicada o mal ejecutada, cuando no se detecta o trata a tiempo, o cuando no se le informó de ese riesgo antes de firmar. Si el daño es desproporcionado o es un evento que nunca debería ocurrir (una gasa olvidada, el lado equivocado), el centro tiene que explicar qué pasó. En la sanidad pública el plazo es de un año desde la estabilización de las secuelas.
- Firmar el consentimiento informado no le impide reclamar: cubre los riesgos explicados, no los errores de técnica ni la falta de vigilancia posterior.
- Se analizan tres momentos: la indicación y la técnica, la detección y el tratamiento de la complicación, y la información previa.
- Los eventos centinela, como dejar material dentro u operar el lado equivocado, revelan un fallo de los controles de seguridad y raramente admiten justificación.
- Ante un daño desproporcionado, los tribunales exigen al centro una explicación coherente; si no la da, se presume la falta de diligencia.
- La hoja operatoria, el listado de verificación quirúrgica y la evolución postoperatoria de enfermería son los documentos decisivos.
- En la sanidad pública (SAS, SES) el plazo es de un año desde la curación o la determinación de las secuelas; en la privada, de uno a cinco años según la acción.
- La indemnización se calcula con el baremo de la Ley 35/2015 como referencia orientativa, más gastos, lucro cesante e intereses.
¿Cuándo una complicación en una operación es negligencia médica?
Toda cirugía tiene riesgos. Una infección, un sangrado, una lesión de un órgano vecino o una mala consolidación pueden aparecer aunque el equipo haya actuado de forma impecable. Por eso la ley no exige al cirujano un resultado, sino una actuación conforme a la lex artis: hacer lo que haría un profesional diligente de esa especialidad, con los medios disponibles y en esas circunstancias concretas.
La pregunta útil no es «¿salió mal?», sino «¿por qué salió mal y qué se hizo cuando salió mal?». En la práctica, una complicación pasa a ser una negligencia médica en una operación cuando concurre al menos una de estas situaciones:
- La operación no estaba indicada, o existían alternativas menos agresivas que no se ofrecieron.
- La técnica se eligió mal o se ejecutó por debajo del estándar (por ejemplo, seccionar una estructura sin haberla identificado).
- La complicación era de las conocidas y se avisó de ella, pero no se detectó a tiempo en el postoperatorio, o se trató tarde o de forma inadecuada.
- El riesgo que se materializó no se le explicó antes de la intervención, y usted no pudo decidir con conocimiento.
- El daño es desproporcionado para ese tipo de cirugía y el centro no ofrece una explicación razonable.
- Ocurrió un evento que los protocolos de seguridad están diseñados para impedir: material olvidado, paciente, lado u órgano equivocado.
En el método de trabajo del despacho, cada uno de estos puntos se contrasta con su prueba y se marca en verde, ámbar o rojo. Ese «gemelo digital» del caso indica pronto si la reclamación tiene base o si no conviene seguir.
La técnica quirúrgica: indicación, ejecución y registro
El primer filtro es si la operación debía hacerse y si se hizo como era exigible. El perito, que debe ser de la misma especialidad que el cirujano demandado, revisa la indicación (pruebas previas, diagnóstico, alternativas), la vía de abordaje elegida y la descripción de cada paso en la hoja operatoria.
La hoja o protocolo operatorio es el relato del propio cirujano. Una descripción escueta, sin mención de las estructuras identificadas ni de las incidencias, no prueba por sí sola la negligencia, pero dificulta la defensa del centro cuando el resultado es grave. En cirugía laparoscópica y artroscópica puede existir grabación del procedimiento; conviene preguntar por ella pronto, porque no siempre se conserva.
Detección tardía de la complicación: donde se pierden más casos
Muchas reclamaciones por negligencia quirúrgica no se basan en la operación en sí, sino en lo que pasó después. Una perforación intestinal, una fuga biliar o un hematoma que comprime un nervio pueden ser complicaciones aceptables; dejar pasar horas o días con fiebre, dolor creciente, alteración analítica o pérdida de fuerza sin pedir pruebas ni avisar al cirujano no lo es.
Aquí la cronología lo es todo. Se reconstruye hora a hora con las gráficas de constantes, las notas de enfermería, las analíticas, las órdenes médicas y las llamadas al especialista de guardia. Si usted o su familia avisaron de síntomas y no se actuó, anótelo cuanto antes: fecha, hora, a quién se lo dijeron y qué les respondieron.
Cuando no puede afirmarse con certeza que una actuación a tiempo habría evitado todo el daño, pero sí que lo habría reducido o que había posibilidades reales de evitarlo, entra en juego la pérdida de oportunidad. En ese caso la indemnización no es completa, sino proporcional a las probabilidades perdidas que estime el perito.
una paciente es operada de apendicitis y al segundo día presenta fiebre, taquicardia y dolor abdominal intenso. Las notas de enfermería recogen el aviso, pero no se pide analítica ni prueba de imagen hasta el cuarto día, cuando ya hay una peritonitis generalizada que obliga a una reintervención y a una estancia en la UCI. La fuga pudo ser una complicación inevitable; el retraso de dos días en detectarla es lo que se reclama.
El consentimiento informado en cirugía: qué cubre y qué no
La Ley 41/2002, de autonomía del paciente, exige que el consentimiento sea escrito en toda intervención quirúrgica (art. 8.2) y que antes de firmarlo se le expliquen las consecuencias seguras, los riesgos típicos, los relacionados con sus circunstancias personales y las contraindicaciones (art. 10.1). La información debe darse con tiempo para reflexionar, no en la camilla camino del quirófano.
El documento firmado tiene un alcance limitado. Prueba que se le informó de los riesgos que figuran en él, pero no autoriza a operar mal ni exonera de vigilar después. Por eso firmar el consentimiento no le impide reclamar por negligencia médica en una operación.
Si el riesgo que se materializó no aparecía en el documento ni consta otra información, existe una infracción autónoma. Se indemniza, como mínimo, el daño moral por haberle privado de decidir. Si además se acredita que, bien informado, no se habría operado o habría elegido otra opción, la indemnización puede extenderse al daño corporal. En cirugía no necesaria o satisfactiva (estética, algunas intervenciones de columna o de obesidad sin urgencia) el deber de información es todavía más exigente.
Daño desproporcionado: cuando el resultado habla por sí solo
El Tribunal Supremo viene declarando que, cuando una intervención ordinaria produce un resultado anormalmente grave, que no guarda relación con los riesgos propios de esa operación, el centro y el profesional deben ofrecer una explicación coherente y acreditada de cómo se produjo. Si no la dan, puede deducirse la falta de diligencia sin necesidad de identificar el error exacto.
Esta doctrina no supone una responsabilidad automática. Si el centro demuestra que el daño se debió a una complicación conocida, aunque sea rara, y que se actuó correctamente, la presunción desaparece. Pero desplaza la carga de explicar a quien tenía el control del quirófano y de la información.
- Tetraplejia tras una cirugía menor de columna lumbar sin explicación en la hoja operatoria.
- Lesión grave de un nervio en una intervención superficial de partes blandas.
- Fallecimiento en una cirugía programada de bajo riesgo en paciente sano, sin causa documentada.
- Quemaduras por el bisturí eléctrico o por la placa de electrocirugía.
Eventos centinela: gasas olvidadas, lado equivocado y otros errores que nunca deberían ocurrir
Hay errores que la seguridad del paciente considera evitables en todos los casos, porque existen controles específicos para impedirlos. Dejar una gasa, una compresa o un instrumento dentro del paciente, operar el lado o el nivel vertebral equivocado, o intervenir a la persona equivocada son los más conocidos.
En estos supuestos la discusión sobre si hubo negligencia suele ser breve. El debate se traslada a la cuantía: la reintervención necesaria para extraer el cuerpo extraño, las secuelas que haya dejado, el tiempo de baja y el daño moral. Aun así, conviene documentarlo bien: el informe de la segunda cirugía, la anatomía patológica del material extraído y las pruebas de imagen que lo mostraron.
El listado de verificación quirúrgica de la OMS
La Organización Mundial de la Salud publicó en 2009 su listado de verificación de la seguridad de la cirugía, que se completa en tres momentos: antes de la inducción de la anestesia, antes de la incisión en la piel y antes de que el paciente salga del quirófano. Incluye confirmar identidad, procedimiento y lugar, el marcado del sitio quirúrgico, las alergias, la previsión de pérdida de sangre, la profilaxis antibiótica y el recuento final de gasas, agujas e instrumental. En el estudio piloto de la OMS en ocho hospitales, las complicaciones graves bajaron del 11 % al 7 % y la mortalidad hospitalaria del 1,5 % al 0,8 %.
En España su uso está extendido en los hospitales públicos y privados. En una reclamación, el listado es un documento clave: si falta, está en blanco o se firmó sin rellenar los recuentos, es un indicio sólido de fallo organizativo, del que responde el centro además del profesional.
Ejemplos frecuentes de negligencia médica en una operación
Los supuestos que más se consultan en el despacho se repiten. La tabla resume, de forma orientativa, cuándo suele tratarse de una complicación aceptable y qué datos apuntan a una posible negligencia. La valoración final siempre corresponde a un perito de la especialidad.
| Intervención | Complicación conocida | Indicios de posible negligencia |
|---|---|---|
| Colecistectomía (vesícula) | Fuga biliar leve, sangrado | Sección del colédoco sin identificar estructuras; no se obtuvo la visión crítica de seguridad ni se convirtió a cirugía abierta; ictericia o fuga no estudiadas a tiempo |
| Hernia inguinal o umbilical | Recidiva, dolor crónico, seroma | Lesión de vaso o de conducto deferente por técnica inadecuada; lesión intestinal no detectada; malla mal indicada o sin informar |
| Cirugía de columna | Fístula de líquido, infección, dolor residual | Nivel vertebral equivocado; tornillo mal colocado sin control de imagen; déficit neurológico no vigilado tras la cirugía; indicación dudosa |
| Prótesis de cadera o rodilla | Luxación, trombosis, infección | Mala orientación de componentes; lesión nerviosa por separadores; dismetría importante no explicada; profilaxis antitrombótica omitida |
| Fracturas (traumatología) | Retraso de consolidación | Fractura no diagnosticada en urgencias; síndrome compartimental no detectado; reducción o fijación insuficiente |
| Cualquier cirugía | — | Material olvidado, lado o paciente equivocado, quemadura por electrocirugía |
La lesión de la vía biliar en la colecistectomía
Es quizá el ejemplo clásico. La extirpación de la vesícula por laparoscopia es una intervención muy frecuente, y la lesión del conducto biliar principal es una complicación conocida pero infrecuente. Las sociedades quirúrgicas recomiendan obtener la llamada visión crítica de seguridad, es decir, identificar con claridad el conducto y la arteria císticos antes de cortar o grapar. Cuando la hoja operatoria no lo recoge, cuando la anatomía era confusa y no se convirtió ni se pidió ayuda, o cuando la lesión no se reconoce hasta días después con el paciente ictérico, la reclamación suele tener fundamento. En hernias, columna y traumatología, los reproches más habituales son las lesiones de estructuras vecinas, los déficits neurológicos no vigilados tras la cirugía y los diagnósticos tardíos de fracturas o de síndromes compartimentales.
¿Cómo se prueba una negligencia médica en una operación?
Quien reclama debe acreditar el daño, la mala praxis o la falta de información y la relación causal entre ambos. Las herramientas son la documentación clínica y el informe pericial. La Ley 41/2002 le reconoce el derecho a obtener copia de su historia clínica (art. 18) y obliga a los centros a conservarla al menos cinco años desde el alta de cada proceso (art. 17).
- Consentimientos informados de la cirugía y de la anestesia.
- Hoja o protocolo operatorio y, si existe, la grabación del procedimiento.
- Listado de verificación quirúrgica con los recuentos de material.
- Hoja de anestesia y registro de la unidad de recuperación.
- Gráficas de constantes, notas de enfermería y órdenes médicas del postoperatorio.
- Analíticas, pruebas de imagen e informes de interconsulta.
- Informes de alta, de reintervenciones y de urgencias posteriores.
- Protocolos internos del servicio para esa intervención, si los hay.
Pida la historia completa, no un resumen. Si la copia llega incompleta, reclame por escrito las partes que faltan; las lagunas en la documentación que el centro debía custodiar pueden jugar en su contra.
Qué alega la defensa y cómo se responde
Las respuestas más habituales de los centros y aseguradoras son tres: que se trató de un riesgo típico recogido en el consentimiento, que la medicina es una obligación de medios y no de resultados, y que el daño se debe a las condiciones previas del paciente. Se responden con la cronología, demostrando que el problema no es el riesgo en sí sino su manejo; con la pericial, que identifica qué paso concreto se apartó del estándar; y con la propia historia clínica, mostrando que esas condiciones previas eran conocidas y debieron tenerse en cuenta en la indicación y en la información.
Plazos para reclamar una negligencia médica en una operación
El plazo depende de dónde le operaron y de la vía que se elija. En todos los casos, cuando hay secuelas, el reloj empieza a correr desde que se estabilizan y se conoce su alcance, no desde el día de la cirugía. El Tribunal Supremo lo ha recordado en casos graves, como la STS 562/2025, de 9 de abril, que consideró que un daño neurológico no estaba estabilizado hasta que el menor cumplió catorce años.
| Dónde le operaron | Vía | Plazo | Norma |
|---|---|---|---|
| Hospital público (SAS, SES) | Reclamación de responsabilidad patrimonial y después contencioso-administrativo | 1 año desde la curación o la determinación de las secuelas | Ley 39/2015, art. 67; Ley 40/2015, arts. 32 a 36 |
| Hospital público | Acción directa contra la aseguradora del servicio de salud | 1 año | LCS, art. 76; CC, art. 1968.2 |
| Clínica privada o seguro privado | Responsabilidad contractual | 5 años | CC, arts. 1101 y 1964.2 |
| Clínica privada (sin contrato con el cirujano) | Responsabilidad extracontractual | 1 año | CC, arts. 1902 y 1968.2 |
| Hechos con posible delito | Denuncia penal por lesiones u homicidio imprudente | Según la pena prevista | CP, arts. 142 y 152 |
En la sanidad pública, si la Administración no resuelve en seis meses, puede entender desestimada su reclamación y acudir a los tribunales (Ley 39/2015, art. 91.3). En la vía civil, desde el 3 de abril de 2025 es requisito previo intentar un medio adecuado de solución de controversias antes de demandar (Ley Orgánica 1/2025). No espere al último mes: una buena pericial necesita tiempo.
¿Cuánto se cobra por una negligencia médica en una operación?
No existen cuantías fijas. Se utiliza como referencia el baremo de tráfico de la Ley 35/2015, reformado por la Ley 5/2025, de 24 de julio, que no es obligatorio en sanidad pero ofrece criterios objetivos. El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en su STS 951/2025, de 17 de junio, admitió que puede aplicarse el baremo de 2015 como referencia aunque los hechos sean anteriores.
- Días de perjuicio personal (básico, moderado, grave o muy grave) durante la curación.
- Secuelas físicas y psíquicas, valoradas en puntos según la edad, y el perjuicio estético.
- Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida y, si procede, por intervenciones adicionales.
- Gastos médicos, de desplazamiento, de ayudas técnicas o de adaptación de vivienda.
- Lucro cesante: lo que ha dejado o dejará de ganar.
- Intereses: frente a la aseguradora, los del artículo 20 de la LCS (interés legal incrementado en un 50 % los dos primeros años y no inferior al 20 % después).
Si se trata de una pérdida de oportunidad, el resultado se multiplica por el porcentaje de probabilidad perdida. Si el reproche es solo de información, la cantidad suele ser menor que la del daño completo. Por eso es importante definir desde el principio qué se reclama y con qué prueba.
La mayoría de los casos de negligencia quirúrgica se ganan o se pierden en el postoperatorio. Escriba hoy, mientras lo recuerda, qué síntomas tuvo, cuándo avisó, a quién y qué le respondieron. Esa nota, contrastada con la historia clínica, es a menudo la prueba que falta.
Qué hacer si le ha pasado
- Atienda primero su salud: siga el tratamiento y acuda a urgencias si empeora.
- Solicite por escrito la copia completa de la historia clínica, incluidos hoja operatoria, listado de verificación y notas de enfermería.
- Guarde los consentimientos que firmó y cualquier folleto o mensaje con información previa.
- Anote la cronología de síntomas, avisos y respuestas del personal.
- Conserve facturas, justificantes de baja y gastos derivados.
- Pida una valoración previa del caso a un abogado especializado y, si es viable, a un perito de la especialidad.
- Calcule el plazo desde la estabilización de las secuelas y no deje que se agote.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si firmé el consentimiento informado?
Sí. El consentimiento demuestra que se le explicaron ciertos riesgos, pero no autoriza una técnica incorrecta ni una vigilancia deficiente después de la cirugía. Si el daño se debió a un error de ejecución o a un retraso en tratar la complicación, puede reclamar aunque ese riesgo figurase en el documento. Y si el riesgo no estaba explicado, existe además una falta de información indemnizable.
¿Toda complicación después de una operación es negligencia?
No. Muchas complicaciones aparecen aunque todo se haga bien y se tratan correctamente. Hay negligencia cuando la operación no estaba indicada, la técnica fue inadecuada, la complicación se detectó o trató tarde, o no se le informó del riesgo. Distinguirlo requiere revisar la historia clínica completa con un perito de la misma especialidad.
¿Qué hago si me dejaron una gasa dentro?
Pida copia del informe de la cirugía en la que se extrajo, de la anatomía patológica del material y de las pruebas de imagen que lo detectaron, además del listado de verificación de la primera operación. Es un evento que los protocolos de seguridad deben impedir, por lo que la discusión suele centrarse en la cuantía: reintervención, días de curación, secuelas y daño moral.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una negligencia en una operación?
En la sanidad pública, un año desde la curación o desde que se conoce el alcance definitivo de las secuelas. En la privada, cinco años si había contrato y un año si la acción es extracontractual. El cómputo empieza con la estabilización, no con la fecha de la cirugía, pero conviene no apurarlo porque la pericial requiere tiempo.
¿Contra quién reclamo si me operaron en la sanidad pública?
Contra el servicio de salud correspondiente, como el SAS en Andalucía o el SES en Extremadura, mediante una reclamación de responsabilidad patrimonial. No se demanda directamente al cirujano. También cabe dirigirse contra la aseguradora del servicio en la vía civil. La elección de la vía depende del caso y de la prueba disponible.
¿Necesito un perito médico?
En la práctica, sí. El juez no es médico y necesita que un especialista de la misma rama explique qué se hizo, qué debió hacerse y qué consecuencias tuvo la diferencia. Antes de encargar un informe completo, conviene una valoración previa de viabilidad para no asumir gastos en casos sin base.
¿Qué es el daño desproporcionado?
Es un resultado anormalmente grave para el tipo de operación realizada, que no se explica por sus riesgos conocidos. Cuando ocurre, los tribunales exigen al centro una explicación coherente y acreditada de lo sucedido. Si no la ofrece, puede deducirse que hubo falta de diligencia, aunque no se identifique el error concreto.
¿Puedo denunciar por la vía penal?
Es posible si hubo una imprudencia grave o menos grave que causó lesiones relevantes o la muerte (artículos 142 y 152 del Código Penal). Sin embargo, la vía penal es más lenta, exige un reproche más intenso y muchas denuncias se archivan. Suele ser preferible estudiar antes la vía administrativa o civil.
¿Me sirve el listado de verificación quirúrgica como prueba?
Mucho. Es el documento que confirma la identidad, el lado, la profilaxis y el recuento final de gasas e instrumental. Si falta, está en blanco o los recuentos no cuadran, es un indicio relevante de fallo de los controles de seguridad del centro. Pídalo expresamente al solicitar la historia clínica.
Más sobre negligencias quirúrgicas
Fuentes y normativa
- OMS. Implementation manual WHO surgical safety checklist 2009
- OMS. Safe surgery saves lives: preguntas frecuentes
- Ministerio de Sanidad y AQuAS. Utilidad de los listados de verificación quirúrgica (2015)
- Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente (BOE)
- Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común (BOE)
- Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE)
- Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE)
- Ley 35/2015, sistema de valoración de daños personales (BOE)
Este artículo es divulgativo y no sustituye al asesoramiento sobre un caso concreto. Actualizado el 27 de octubre de 2026.