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Glosario clínico y jurídico
Glosario de negligencias médicas
Las historias clínicas y los informes periciales usan un lenguaje técnico que puede resultar difícil. Este glosario explica, con palabras sencillas, los términos médicos y jurídicos que más se repiten en una reclamación por negligencia sanitaria. Le ayudará a entender su propio expediente y a saber qué datos conviene buscar en él. Las definiciones son orientativas. Decidir cómo se aplican a su caso corresponde siempre al perito médico y a su abogado.
Documentación y organización asistencial
- Anamnesis
- Es la entrevista en la que el médico le pregunta por sus síntomas y antecedentes. Lo que no aparece anotado puede indicar que no se preguntó o que no se registró. Esa ausencia puede ser relevante en una reclamación.
- Curso clínico u hoja de evolución
- Son las notas que el médico va escribiendo sobre su estado y sobre las decisiones que toma. Sus fechas y horas permiten reconstruir paso a paso qué ocurrió. Por eso es la base de la cronología del caso.
- Hoja de enfermería o gráfica
- Recoge sus constantes, los cuidados recibidos, las incidencias y los fármacos administrados. Suele anotar las horas con más precisión que la hoja médica. A menudo aclara retrasos que no constan en otros documentos.
- Orden médica o prescripción
- Es la instrucción del médico sobre el tratamiento y los cuidados que usted debe recibir. Cuando es electrónica, el sistema guarda las alertas que saltaron y quién las validó. Ese rastro puede probar un error de medicación.
- Triaje
- Es la clasificación de los pacientes de urgencias según la gravedad, normalmente en cinco niveles. Cada nivel tiene un tiempo máximo para ser atendido. Una clasificación errónea o una espera excesiva pueden ser el origen del daño.
- Interconsulta
- Es la petición de valoración que un servicio hace a otro especialista. La fecha de la petición y la de la respuesta muestran cuánto se tardó. Esa demora puede ser decisiva en un retraso diagnóstico.
- Alta voluntaria
- Es la salida del hospital por decisión del paciente, en contra del criterio médico. El centro debe dejar constancia de que le explicó los riesgos. Si no lo hizo, esa falta puede tener consecuencias en la reclamación.
- Lista de verificación quirúrgica
- Es una lista de comprobaciones que el equipo hace antes de la anestesia, antes de la incisión y antes de salir del quirófano. Confirma la identidad, el lado que se opera, las alergias y el recuento de material. Su ausencia o un mal uso es un indicio de fallo organizativo.
- Evento adverso
- Es un daño causado por la asistencia sanitaria, no por la propia enfermedad. No significa por sí solo que haya negligencia, porque algunos son inevitables. Lo importante es averiguar si pudo evitarse.
- Incidente sin daño o casi error
- Es un error que se produjo pero que no llegó a dañar al paciente. Se comunica a los sistemas internos de seguridad del paciente. Su repetición puede revelar un problema organizativo del centro.
- Protocolo o guía de práctica clínica
- Es un documento que recomienda cómo actuar ante una situación médica concreta. Ayuda a saber qué se esperaba del profesional en su caso. Su valor depende de su fecha, de quién lo elaboró y de la fuerza de sus recomendaciones.
- Grado de recomendación o nivel de evidencia
- Indica con qué fuerza una guía aconseja una actuación y qué calidad tienen los estudios que la apoyan. No pesa igual una recomendación firme que una sugerencia débil. El perito debe tenerlo en cuenta al valorar si se actuó bien.
Diagnóstico
- Diagnóstico diferencial
- Es la lista de enfermedades que podrían explicar sus síntomas. El médico debe ir descartándolas, empezando por las más graves y probables. No descartar una enfermedad grave a tiempo es un error frecuente en las reclamaciones.
- Signos de alarma o banderas rojas
- Son datos clínicos que obligan a descartar una enfermedad seria, aunque el cuadro parezca leve. Si estaban presentes y se ignoraron, puede haber un error de diagnóstico. Conviene buscarlos en la historia clínica.
- Sensibilidad y especificidad
- La sensibilidad mide la capacidad de una prueba para detectar a quien está enfermo. La especificidad mide su capacidad para descartar a quien está sano. Una prueba negativa poco sensible no basta para descartar una enfermedad.
- Falso negativo y falso positivo
- Un falso negativo es un resultado normal en una persona enferma. Un falso positivo es un resultado anormal en una persona sana. Saber cuál fue el caso ayuda a valorar si el médico debió pedir más pruebas.
- Hallazgo incidental
- Es algo que aparece en una prueba hecha por otro motivo. El centro debe comunicárselo y organizar su seguimiento. Si se pasó por alto, puede haberse perdido la oportunidad de tratarlo a tiempo.
- Sesgo retrospectivo
- Es la tendencia a ver como evidente, conociendo el final, algo que no lo era cuando se actuó. El perito debe valorar la actuación con lo que se sabía en aquel momento. La defensa suele invocarlo y conviene anticiparlo.
- Estadificación (TNM)
- Es la forma de medir hasta dónde se ha extendido un cáncer: tumor, ganglios y metástasis. Comparar el estadio que habría tenido con un diagnóstico a tiempo y el real permite medir el perjuicio. Es clave en los retrasos diagnósticos oncológicos.
- Supervivencia a cinco años
- Es el porcentaje de pacientes que siguen vivos cinco años después del diagnóstico. Se usa a menudo para calcular cuántas posibilidades de curación se perdieron por un retraso. Ese cálculo influye directamente en la indemnización.
Urgencias, críticos y anestesia
- Constantes vitales
- Son la tensión arterial, el pulso, la frecuencia respiratoria, la temperatura y el oxígeno en sangre. Su registro muestra cómo evolucionaba usted hora a hora. Un empeoramiento no atendido puede ser el núcleo de la reclamación.
- Escala de alerta temprana
- Es una puntuación basada en las constantes que obliga a avisar al médico cuando supera un límite. Si no se aplicó, el deterioro del paciente puede pasar desapercibido. Es un fallo organizativo frecuente.
- Sepsis y shock séptico
- La sepsis es una reacción grave del organismo a una infección, que daña órganos. El shock séptico añade una tensión arterial muy baja que no se corrige. Cada hora de retraso en el tratamiento empeora el pronóstico.
- Código infarto y código ictus
- Son circuitos de urgencia que coordinan el diagnóstico y el tratamiento para desatascar la arteria a tiempo. Tienen tiempos máximos fijados. Saltarse esos plazos puede agravar mucho las secuelas.
- Tiempo puerta-aguja y puerta-balón
- Miden el tiempo entre su llegada al hospital y el inicio del tratamiento para disolver el coágulo o del cateterismo. Son indicadores muy precisos de la rapidez de la atención. Un tiempo excesivo puede probar un retraso.
- Escala de Glasgow
- Mide el nivel de conciencia con una puntuación de 3 a 15. Su evolución en la historia muestra si el paciente empeoraba. Ayuda a saber cuándo debió actuarse.
- Clasificación ASA
- Clasifica el riesgo anestésico según su estado físico, del I al VI. Sirve para saber qué precauciones debían tomarse antes de la intervención. También es relevante para la información que debió recibir.
- Vía aérea difícil
- Es la dificultad, prevista o no, para ventilar o intubar al paciente. Exige una valoración previa y medios para resolverla. Si faltaron, puede haber un defecto de preparación.
- Hipoxia y anoxia
- Son la falta parcial o total de oxígeno en los tejidos. En el cerebro causa lesiones en pocos minutos. Por eso el tiempo de reacción del equipo es decisivo.
- Anafilaxia
- Es una reacción alérgica grave que afecta a todo el organismo. Su tratamiento inmediato es la adrenalina. Administrar un fármaco al que usted era alérgico, constando en la historia, es un error grave.
Obstetricia y neonatología
- Registro cardiotocográfico (RCTG)
- Registra a la vez el latido del bebé y las contracciones durante el parto. Sus patrones se clasifican como tranquilizadores, sospechosos o patológicos. Un registro patológico no atendido es una causa habitual de reclamación.
- Bradicardia fetal y desaceleraciones tardías
- La bradicardia es un descenso mantenido del latido del bebé. Las desaceleraciones tardías son caídas del latido después de cada contracción. Ambas pueden indicar que el bebé sufre falta de oxígeno.
- pH de calota o de cordón
- Mide la acidez de la sangre del bebé o del cordón umbilical. Una acidez muy alta apoya que hubo falta de oxígeno durante el parto. Es un dato objetivo muy útil para el perito.
- Test de Apgar
- Es una puntuación de 0 a 10 que se da al recién nacido al minuto y a los cinco minutos. Refleja su estado nada más nacer. Una puntuación baja orienta sobre lo ocurrido en el parto.
- Encefalopatía hipóxico-isquémica
- Es una lesión cerebral del recién nacido causada por falta de oxígeno. Enfriar al bebé de forma precoz reduce sus secuelas. Si no se aplicó a tiempo, puede haber un daño añadido reclamable.
- Tiempo decisión-extracción
- Es el tiempo que pasa desde que se decide una cesárea urgente hasta que nace el bebé. Un tiempo excesivo puede agravar la falta de oxígeno. Por eso se revisa en todas las reclamaciones obstétricas.
- Distocia de hombros
- Ocurre cuando los hombros del bebé quedan atrapados tras salir la cabeza. Es una urgencia con maniobras ya protocolizadas. Se examina si el equipo las conocía y las aplicó correctamente.
- Preeclampsia
- Es una hipertensión del embarazo que afecta a otros órganos. Exige controles estrechos y, a veces, adelantar el parto. Un mal seguimiento puede causar daños a la madre y al bebé.
Cirugía, infección y complicaciones
- Complicación típica
- Es un riesgo conocido de una técnica, que puede aparecer aunque se haga todo bien. Debe informársele antes y, si se produce, detectarse y tratarse a tiempo. Su aparición no es negligencia, pero sí puede serlo una mala gestión posterior.
- Iatrogenia
- Es cualquier daño causado por un acto médico, haya o no negligencia. El término por sí solo no implica culpa. Lo que importa es si el daño pudo evitarse.
- Dehiscencia
- Es la apertura de una sutura o de una unión entre dos partes del intestino. Puede ser una complicación grave tras una cirugía. Se valora si se detectó y trató a tiempo.
- Peritonitis
- Es la inflamación de la membrana que recubre el abdomen, a menudo por una perforación o fuga intestinal. Retrasar su diagnóstico tiene consecuencias graves. Es un motivo frecuente de reclamación posquirúrgica.
- Síndrome compartimental
- Es un aumento de presión dentro de un grupo de músculos que corta la circulación. Requiere cirugía urgente para liberar la presión. Un retraso puede causar lesiones permanentes.
- Infección nosocomial
- Es la infección que usted contrae en el propio centro sanitario. Prevenirla con asepsia y antibióticos forma parte de las obligaciones del centro. En la vía civil, el centro debe probar que cumplió esos protocolos.
- Profilaxis antibiótica
- Es el antibiótico que se administra antes de la incisión para evitar la infección. El momento y el fármaco quedan anotados en la hoja de anestesia. Comprobarlo ayuda a saber si se siguió el protocolo.
- Tromboembolismo y tromboprofilaxis
- El tromboembolismo es la formación de coágulos que pueden viajar al pulmón. La tromboprofilaxis son las medidas para evitarlo. Omitirlas cuando estaban indicadas puede generar responsabilidad.
- Cuerpo extraño retenido
- Es una gasa, compresa o instrumento olvidado dentro del cuerpo tras una operación. Se previene con el recuento del material quirúrgico. Se considera un daño claramente evitable.
- Reintervención
- Es una nueva operación para corregir una complicación. Su fecha permite medir cuánto se tardó en reaccionar. Un retraso en la reintervención puede agravar el daño.
Medicamentos y productos sanitarios
- Ficha técnica
- Es el documento oficial de cada medicamento, con sus indicaciones, dosis, contraindicaciones y advertencias. Marca cómo debe usarse correctamente. Apartarse de ella sin justificación puede ser un error.
- Uso fuera de indicación (off-label)
- Es usar un medicamento en condiciones distintas de las autorizadas. Debe estar justificado y usted debe ser informado. Si faltó esa información, puede reclamarse.
- Reacción adversa
- Es un efecto dañino e involuntario producido por un medicamento. No siempre implica error médico. Se valora si era previsible y si se le advirtió.
- Farmacovigilancia
- Es el sistema que detecta y comunica las reacciones adversas de los medicamentos. Sus registros pueden mostrar si un riesgo ya era conocido. Eso influye en la responsabilidad del fabricante o del profesional.
- Reacción cruzada
- Es una alergia a un fármaco distinto, pero químicamente parecido a otro al que usted ya es alérgico. Ocurre, por ejemplo, entre antibióticos de la misma familia. Si su alergia constaba, el riesgo era previsible.
- Conciliación de la medicación
- Es la revisión de todos sus tratamientos al ingresar, al cambiar de servicio o al recibir el alta. Evita que se olviden o se dupliquen medicamentos. Su ausencia está detrás de muchos errores de medicación.
- Unidosis
- Es el sistema hospitalario que prepara las dosis de forma individual para cada paciente. Permite rastrear qué fármaco se le dio y cuándo. Ayuda a localizar dónde se produjo un error.
- Tarjeta de implantación
- Es el documento que identifica el producto que le han implantado, con su lote y fabricante. Es imprescindible para reclamar si el implante resulta defectuoso. Conviene pedirla y guardarla.
- Alerta sanitaria
- Es un aviso de la autoridad o del fabricante sobre un riesgo de un producto o medicamento. Puede probar que el defecto era conocido. También fija desde cuándo debió actuarse.
Valoración del daño
- Estabilización o consolidación
- Es el momento en que las lesiones dejan de evolucionar y pasan a ser secuelas. Cierra el periodo de lesiones temporales. También marca, como regla, el inicio del plazo para reclamar.
- Estado previo
- Es su situación de salud antes de la asistencia que se reclama. Solo se indemniza el daño añadido a ese estado. Por eso es importante documentarlo bien.
- Secuela
- Es una limitación permanente que queda tras la estabilización. Se valora con el baremo y forma parte de la indemnización. Su descripción precisa por el perito es esencial.
- Perjuicio estético
- Es una alteración permanente de su imagen física. Se valora por grados según su intensidad. Puede reclamarse aunque no afecte a ninguna función.
- Pérdida de autonomía personal
- Es la dificultad para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Justifica indemnizar la ayuda de otra persona. Suele ser una de las partidas más importantes.
- Gran lesionado
- Es la persona con una pérdida de autonomía muy grave, como una lesión medular alta o un daño cerebral severo. Requiere una valoración específica de cuidados futuros. Las indemnizaciones en estos casos son las más altas.
- Rehabilitación
- Es el tratamiento para recuperar o compensar funciones perdidas. Mientras usted mejore con ella, se prolonga el periodo de lesiones temporales. Cuando solo mantiene lo logrado, ya no lo prolonga.
Términos jurídicos
- Lex artis ad hoc
- Es el modo correcto de actuar que se exigía a ese profesional, con ese paciente, en ese momento y con esos medios. No se compara con un médico ideal, sino con uno diligente de la misma especialidad. Demostrar que se apartó de ese estándar es la base de casi toda reclamación.
- Daño basal y daño añadido
- El daño basal es el que usted habría sufrido igualmente por su enfermedad, aun con una buena asistencia. El daño añadido es la diferencia entre su estado actual y el que tendría con una asistencia correcta. Como regla, solo se indemniza el daño añadido.
- Pérdida de oportunidad
- Se aplica cuando no puede asegurarse que una buena asistencia habría evitado el daño, pero sí que había una posibilidad seria. Se indemniza una parte del daño, proporcional a esa probabilidad perdida. Si la probabilidad era remota, no hay indemnización; si era muy alta, se repara el daño completo.
- Daño desproporcionado
- Es un resultado anormal que no suele producirse si no hay negligencia. En esos casos, el profesional debe dar una explicación coherente de lo ocurrido. Si no la da, el tribunal puede deducir la culpa; pero no se aplica a un riesgo típico del que usted fue informado.
- Facilidad probatoria
- Es la regla que obliga al tribunal a tener en cuenta qué parte podía aportar una prueba con más facilidad. No invierte automáticamente la carga de la prueba. Pero evita que usted cargue con la falta de documentos que estaban en poder del centro.
- Consentimiento informado
- Es su derecho a recibir información sobre la finalidad, los riesgos y las alternativas antes de aceptar una actuación médica. Debe ser escrito en cirugías y procedimientos invasivos o de riesgo notable. El Tribunal Constitucional lo considera parte del derecho a la integridad física, y probar que se informó corresponde al médico.
- Decisión hipotética (contrafactual decisorio)
- Es la pregunta sobre qué habría decidido usted si le hubieran informado bien. Es distinta de la pregunta sobre qué habría pasado con una asistencia correcta. Si había una probabilidad seria de que rechazara la intervención, se indemniza un porcentaje del daño corporal.
- Medicina satisfactiva
- Es la medicina voluntaria, como la cirugía estética, en la que no hay una necesidad de curar. Hoy no garantiza por sí sola el resultado, salvo que se pactara o prometiera. A cambio, el deber de informarle de los riesgos es más riguroso.
- Responsabilidad patrimonial de la Administración
- Es la vía para reclamar los daños causados por la sanidad pública. Primero se reclama ante la propia Administración y después, si es necesario, ante los tribunales contencioso-administrativos. Aunque se presenta como objetiva, en la práctica exige demostrar que la asistencia se apartó del estándar o que faltó información.
- Acción directa contra la aseguradora
- Permite reclamar directamente a la compañía que asegura al médico, a la clínica o al servicio público de salud. Frente a la aseguradora de la Administración, puede ejercitarse en la vía civil. La aseguradora solo responde si su asegurado también es responsable.
- Intereses del artículo 20 LCS
- Son los intereses de demora que paga la aseguradora que no indemniza a tiempo. Equivalen al interés legal incrementado en un 50 % y, pasados dos años desde el siniestro, no bajan del 20 % anual. Pueden aumentar mucho la cantidad final.
- Responsabilidad por servicios sanitarios (art. 148 TRLGDCU)
- Es una responsabilidad sin culpa del centro como prestador de servicios a consumidores. El Tribunal Supremo la limita a los aspectos organizativos y de funcionamiento, no al acto médico en sí. Encaja, por ejemplo, en infecciones hospitalarias o fallos de equipos, siempre que se pruebe el nexo con el daño.
- Prescripción y día inicial del plazo
- Si deja pasar el plazo legal, pierde el derecho a reclamar. Es de un año frente a la sanidad pública; en la privada, cinco con contrato o uno sin él. Como regla, el plazo empieza cuando usted conoce el alcance del daño, normalmente al estabilizarse las secuelas.
- Baremo
- Es el sistema legal de valoración de daños de los accidentes de tráfico. En las negligencias sanitarias los tribunales lo usan como guía orientativa, no obligatoria. Por eso puede superarse si la reparación íntegra del daño lo exige, justificándolo.
- MASC (medios adecuados de solución de controversias)
- Desde el 3 de abril de 2025, antes de demandar en la vía civil hay que intentar una solución negociada. Es requisito para que se admita la demanda, aunque no se exige en la reclamación ante la Administración. Además, interrumpe la prescripción e influye en las costas.
Definiciones orientativas basadas en el glosario clínico para juristas de el tratado Litigación por negligencias sanitarias (LexQuark), de Juan Manuel Calderón Godoy. Su aplicación a un caso concreto corresponde al perito y al abogado.
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