Calderón GodoyNEGLIGENCIAS MÉDICAS · SEVILLA

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Atlas · Ficha 6 · A. Urgencias, atención primaria y circuitos asistenciales

¿Le dieron el alta el mismo día de la operación y se complicó en casa?

En la cirugía ambulatoria el paciente se va a casa el mismo día. Es seguro si se elige bien al paciente, se cumplen los criterios de alta, se dan instrucciones claras y se hace un seguimiento. Puede haber negligencia si le dieron el alta sin cumplir esos criterios o si nadie respondió cuando avisó de un problema. Lo que suele indemnizarse no es la complicación, sino el retraso en tratarla. En la pública, el plazo es de un año.

Casos típicos

  • Le dan el alta el mismo día de la operación sin cumplir los criterios de alta del centro.
  • Ya en casa aparece una complicación: hemorragia, perforación, retención de orina o trombosis.
  • Las instrucciones de alta son escasas y no explican qué síntomas obligan a volver.
  • Llama al centro por un problema y no consigue hablar con nadie.
  • Cuando por fin le reingresan, la complicación ya ha avanzado.

Quién responde y en qué plazo

Si le operaron en un hospital público, como los del SAS o el SES, responde el servicio de salud. Lo mismo ocurre si le operó un centro privado concertado por cuenta de la sanidad pública. En ambos casos se presenta una reclamación de responsabilidad patrimonial. El plazo es de un año desde la curación o desde que se fijan las secuelas (art. 67.1 de la Ley 39/2015).

Si se operó en la privada por su cuenta, reclama al centro, al cirujano y a sus aseguradoras. El plazo es de cinco años si hay contrato y de uno si no lo hay. Antes de demandar hay que intentar una negociación previa (Ley Orgánica 1/2025). En la cirugía estética o voluntaria, el nivel de exigencia en la información es mayor.

Qué se debió hacer

No todo paciente sirve para irse a casa el mismo día. Hay que valorar su estado de salud, si tiene a alguien que le cuide y a qué distancia vive del centro.

Antes del alta deben comprobarse unos criterios y dejarlos por escrito. Hay que entregar instrucciones claras y un teléfono de contacto. Y suele hacerse una llamada de control al día siguiente.

El Ministerio de Sanidad publicó en 2008 unos estándares para las unidades de cirugía mayor ambulatoria. Tratan la selección de pacientes, los criterios de alta, la información y el seguimiento telefónico. Ni Andalucía ni Extremadura tienen un protocolo autonómico propio publicado sobre esta materia. Allí rigen los estándares de 2008 y el protocolo de cada unidad.

Esos estándares recogen en un anexo los criterios de alta más usados. Entre ellos están el test de Aldrete modificado y los criterios de Chung adaptados. Son escalas que puntúan la conciencia, la respiración, las constantes, el dolor, las náuseas o el sangrado. Si el centro aplicó una de ellas, la hoja debe mostrar la puntuación obtenida antes de irse.

Los momentos que hay que reconstruir

Hay que fijar a qué hora terminó la operación y cuánto tiempo estuvo en recuperación. Después, cuándo y cómo se valoró el alta.

Ya en casa, importan las llamadas que hizo usted o su familia, con su hora y lo que les respondieron. Por último, la consulta en urgencias y el reingreso. Guarde el registro de llamadas de su teléfono: puede ser una prueba muy útil.

Los documentos que deciden el caso

Cómo pedirlos: solicite la historia clínica completa al centro (art. 18 de la Ley 41/2002). Pida expresamente la hoja de alta con los criterios aplicados y el registro de la llamada de control. Si reingresó en otro hospital, pida también allí la historia. Guarde las instrucciones en papel que le dieron.

  • Hoja de criterios de alta, con la escala aplicada.
  • Instrucciones de alta entregadas y firmadas.
  • Registro de las llamadas de control del centro tras el alta.
  • Su propio registro de llamadas al centro, con las horas.
  • Informe de urgencias y de reingreso.
  • Protocolo de selección y alta de la unidad.

La causa: qué habría pasado con la asistencia correcta

Aquí hay que separar dos cosas. Por un lado, la complicación en sí, que muchas veces es un riesgo conocido de la operación y no implica negligencia. Por otro, el retraso en detectarla por un alta precoz o por falta de seguimiento.

Lo que suele indemnizarse es el empeoramiento causado por ese retraso. Por ejemplo, una hemorragia que se habría controlado en el hospital y que, en casa, obligó a una nueva operación. El perito debe explicar qué habría cambiado con un ingreso o una atención a tiempo.

Información y consentimiento

Antes de operarse deben explicarle que se irá a casa el mismo día, con sus ventajas y sus riesgos. Así puede decidir si le conviene ese régimen.

Las instrucciones del alta también son información. Deben decir qué síntomas vigilar, cuándo llamar y a dónde acudir. Si no se dieron, o eran tan genéricas que no servían, esa omisión pesa en la reclamación.

Qué se indemniza

Se indemniza el daño añadido por el retraso: una segunda operación, más días de ingreso, secuelas que se habrían evitado y el tiempo de recuperación de más.

Si el reingreso fue en otro centro y tuvo que pagarlo, también se reclaman esos gastos. El baremo de tráfico sirve de orientación para valorar las secuelas y los días de perjuicio.

Lo que suele alegar el centro o la aseguradora

La defensa suele sostener que usted era apto para irse a casa y que fue usted quien no hizo caso de lo indicado. Por eso es importante conservar lo que le entregaron y recordar lo que le dijeron.

El error más frecuente es reclamar por la complicación como si fuera la negligencia. Una hemorragia o una retención pueden ocurrir aunque todo se haga bien. Lo que debe examinarse es cómo se respondió a ella.

También puede alegar que usted firmó el consentimiento para irse a casa el mismo día. Esa firma no impide reclamar si no se cumplían los criterios de alta o si el seguimiento falló.

Normativa aplicable

  • Ley 39/2015, art. 67.1 (plazo de un año de la responsabilidad patrimonial)

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Preguntas frecuentes

Me operaron por la mañana y por la noche sangraba mucho. ¿Es negligencia?

La hemorragia puede ser un riesgo conocido y no implica negligencia por sí sola. Habrá que ver si usted cumplía los criterios de alta y si las instrucciones le permitieron reaccionar a tiempo. También cuenta si el centro respondió cuando llamó. Si la hemorragia se agravó por un alta indebida o por falta de respuesta, puede reclamar ese empeoramiento.

Llamé al centro tras la operación y nadie me atendió. ¿Puedo reclamar?

Si la unidad no tenía un teléfono operativo o no respondió y eso retrasó el tratamiento de una complicación, es un fallo del seguimiento. Guarde el registro de llamadas de su teléfono y anote las horas. Pida al centro su registro de contactos tras el alta. Después habrá que probar qué daño añadió ese retraso.

¿Me tenían que haber dejado ingresado?

Depende de su caso. La cirugía ambulatoria exige elegir bien al paciente: estado de salud, apoyo en casa y distancia al centro. Si alguno de esos requisitos no se cumplía, el régimen ambulatorio no era adecuado. Un perito puede valorarlo con los criterios de la unidad y los estándares del Ministerio de Sanidad de 2008.

Me operaron en una clínica privada pagada por el SAS. ¿A quién reclamo?

Si la clínica le operó por cuenta del servicio público, la reclamación es de responsabilidad patrimonial contra el SAS, dentro del año. La clínica concertada también puede responder, y su responsabilidad se discute en el mismo procedimiento. Conviene identificar el concierto desde el principio.

Versión divulgativa de la ficha 6 del atlas de familias de casos de el tratado Litigación por negligencias sanitarias (LexQuark), de Juan Manuel Calderón Godoy. Información general: cada caso exige estudiar la historia clínica con un perito de la especialidad.

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Redactado y revisado por Juan Manuel Calderón GodoyAbogado colegiado n.º 7.291 del ICAS · Autor de Litigación por negligencias sanitarias (LexQuark) · Revisado el 23 de octubre de 2026
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